El usufructo de los altares de la Archicofradía

Portada de las escrituras de los altares de la Archicofradía.

El espacio que ocupan los altares donde reciben culto Nuestro Padre Jesús del Ecce-Homo, María Santísima de las Angustias y San Juan Evangelista están cedidos en usufructo a perpetuidad a la Archicofradía. Siguiendo la tradición de la Iglesia Católica de ceder espacios dentro de la iglesia para enterramientos y devociones de particulares, nuestra Hermandad se hace con el usufructo de los espacios donde reciben culto hasta la actualidad Nuestros Sagrados Titulares como compensación por la financiación de la reforma de la Iglesia de la Conversión de San Pablo sufragada en gran medida por los hermanos del Santissimo Christo del Ecce-Homo, con la familia Jordán a la cabeza.

Con fecha 5 de octubre de 1789, el escribano público Don Ramón García de Meneses levanta “Escritura del Patronato y Convenio celebrado con Autoridad Episcopal, entre la Iglesia del Señor San Pablo y la Casa de mujeres arrepentidas por un lado y la Cofradía del Santísimo Cristo del Ecce-Homo por otro”. Para este acto, comparecieron de una parte “D. Jerónimo González Presbítero, Mayordomo del Ilmo. Señor D. Joseph Escalzo y Miguel Dignísimo Obispo de esta Diócesis, Administrador y Director de la Iglesia de San pablo, Casa de mujeres arrepentidas, comisionado por S. I. en nombre de la jurisdicción eclesiástica ordinaria y de otra por D. Domingo Pérez, D. Joseph Sánchez de Victoria y D. Félix Manzano, Presbítero, Prioste, Mayordomo y Fiscal actuales de la Hermandad y Cofradía de Penitencia del Santísimo Cristo del Ecce-Homo”. “…obra en q se han invertido crecidas sumas; adquiridas a las principales expensas de la dha. Cofradía de Penitencia del SSmo.Christo del Ecce Homo, en que igualmente ha intervenido la Citada del SSmo. Rosario de nuestra Señora del Sagrario; cuyos respectivos cofrades han concurrido a tan Santo objeto con sus propios caudales y no pocas limosnas que con su industria e incesante trabajo han recolectado entre los demás Fieles”.
 
Nuestros Sagrados Titulares durante la celebración de una Función Principal.
 
Estas escrituras recogen entre otros, los siguientes acuerdos: “Conceder por perpetua donación irrevocable a la Hermandad, el Patronato del Altar Mayor para poner la efigie del Señor Ecce-Homo y en un nicho en lo alto del referido altar la imagen del San Pablo como compatrono”. Así mismo se registra la cesión de dos capillas o altares que son “y debe entenderse el colateral de la Epístola y el que sigue”, donde colocar los altares de las efigies de “Maria Santísima Dolorosa y Señor San Juan Apóstol y Evangelista” para que permanezcan “perpetuamente, sin novación, alteración, y sin que por motivo o pretexto alguno puedan ser removidos o separados”. Estas escrituras fueron renovadas por el notario Don José Martínez Martín el 7 de septiembre de 1945, notario del Ilustre Colegio de Notarios de Sevilla con residencia en Cádiz.

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